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Derechos Universales de los niños a escuchar un cuento.

 

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            DERECHOS UNIVERSALES DE LOS NIÄOS A

ESCUCHAR CUENTOS

 

      Todo niño y niña, sin distinción de raza, idioma o religión, goza plenamente del derecho a:

                                                                           

Ø      conocer las fábulas, mitos y leyendas de la tradición oral de su país, de los países hermanos del resto de mundo;

 

Ø      inventar y contar sus propios cuentos, así como a modificar los ya existentes creando y recreando sus propias versiones;

 

Ø      escuchar cuentos en las rodillas de sus abuelos; aquellos que tengan vivos a sus cuatros abuelos podrán cederlos a otros niños que por diversas razones no tengan abuelos que les cuenten cuentos.

 

Ø      manifestar abiertamente su regocijo a aquel adulto que le lea cuentos, que haga vibrar su imaginación, permitiéndoles habitar en el maravilloso mundo de la realidad literaria;

 

Ø      exigir cuentos nuevos, los adultos están en la obligación de nutrirse permanentemente de nuevos e imaginativos cuentos, propios o no, con o sin reyes, lagartos y castillos, hadas y dragones, largos o cortos, su único deber es que sean hermosos e interesantes;

 

Ø      quedarse dormido mientras le leen un cuento;

 

Ø      pedir otro cuento y otro cuento y otro cuento; y que le cuenten un millón de veces el mismo cuento.